¿Quieres conocer las diferentes subvenciones que concede el Gobierno para la reforma de la vivienda habitual?
El Ministerio de Fomento en 2018 lanzó el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Un proyecto que recoge subvenciones a la rehabilitación y regeneración urbana y rural; además de otras ayudas para fomentar el alquiler, ayudar a los jóvenes o minimizar el riesgo de desahucio.
La gestión de las subvenciones Estatales corresponde a cada Comunidad Autónoma, por lo que serán sus órganos los encargados de la tramitación, resolución y pago de las ayudas. Estas ayudas se suelen gestionar por periodos, por lo que es importante preguntar en cada Ayuntamiento los plazos de presentación de las solicitudes.
Existen dos tipos de ayudas para la rehabilitación de la vivienda.
- Ayudas a la eficiencia energética
Este programa tiene como fin regular las ayudas para las obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de viviendas unifamiliares y edificios que tengan la categoría de residencia colectiva.
Se subvencionan distintas actuaciones como:
La mejora de la envolvente térmica de la vivienda.
- La instalación de placas solares para la refrigeración, calefacción o generación de energía.
- La sustitución de la instalación eléctrica por una más eficiente.
- La mejora de la eficiencia energética de las zonas comunes de un edificio colectivo.
- Sustituyendo lámparas por unas que tengan mayor rendimiento energético.
- La instalación de sistemas de calefacción más eficientes como la aerotermia
o calderas de biomasa.
Los requisitos:
- Las viviendas deberán haber sido finalizadas antes de 1996.
- Los propietarios o arrendatarios deberán acreditar que es el domicilio habitual y permanente.
- Se debe aportar un informe técnico que indique que la vivienda necesita dicha rehabilitación.
- Se debe aportar una memoria o proyecto técnico que señale las actuaciones que se van a realizar en la vivienda.
La cuantía:
La paga máxima de la subvención no superará el 40% de la inversión subvencionable. Para las viviendas unifamiliares, el valor máximo es de 12.000 euros, ampliables a 18.000 o 24.000 euros, en el caso de que en el domicilio resida una persona con discapacidad. Existen incrementos en la cuantía de 1.000€ en el caso de edificios declarados como Bien de Interés Cultural y de hasta un 25% para menores de 35 años, en municipios con menos de 5.000 habitantes.
- Ayudas a la conservación, mejora de seguridad y accesibilidad
A través de este programa se financiará la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad y la accesibilidad en viviendas unifamiliares urbanas o rurales.
Entre las principales acciones subvencionadas están:
- La conservación de la estructura, cimentación e instalaciones.
- Adecuación de la vivienda unifamiliar para garantizar las condiciones de habitabilidad, seguridad e higiene. La conservación de fachadas, cubiertas, azoteas y procesos de desamiantado
- Instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas y otros accesorios de accesibilidad.
- Instalación de accesorios de apoyo que faciliten la movilidad de personas con discapacidad por las zonas comunes.
- Instalación de aparatos eléctricos de comunicación.
Los requisitos:
- Las viviendas deberán haber sido finalizadas antes de 1996.
- Se deberá acreditar que la vivienda es de uso habitual y permanente por parte del propietario o arrendatario.
- Aportar una memoria o proyecto técnico que indique las actuaciones que se ejecutarán en la vivienda.
La cuantía:
La paga máxima de la subvención no podrá superar el 40% del coste de la actuación. El límite oscila entre los 3.000 y los 8.000 euros por vivienda. Al igual que en el programa anterior, existirán incrementos en la cuantía de 1.000€ en caso de edificios declarados como Bien de Interés Cultural y de hasta un 25% para menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes.
Si no cumples estos requisitos otra opción son los créditos ICO, el Instituto de Crédito Oficial. Éste se encarga de financiar proyectos de construcción y reformas de vivienda siempre y cuando la obra la realice el propietario de la vivienda. De forma general, se puede solicitar un crédito de hasta 12.5 millones de euros. La devolución del crédito se deberá realizar en un plazo máximo de 20 años y mínimo de 1 año. El tipo de interés puede ser fijo o variable y está en torno al 2.3% y 6.4%.