Convocatoria Reviure de ayudas de reformas y alquiler de vivienda en Valencia

El día 4 de octubre de 2020 quedó abierto el plazo del programa Reviure del Ayuntamiento de Valencia que subvenciona reformas de viviendas que irán destinadas alquiler. Todos aquellos que estén interesados deberán inscribirse antes del día 22 de octubre de 2020. La convocatoria está publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Las bases y los trámites se realizan en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia.

Se trata de una medida para movilizar viviendas vacías, aumentar la oferta de alquiler y ofrecer unas mejores condiciones de habitabilidad de las viviendas. Igualmente, se lleva a cabo para atender a las demandas de las personas que se encuentran incluidas en la bolsa del Registro de Demandantes de Alquiler del Ayuntamiento de Valencia. El programa Reviure cuenta con un presupuesto total de 500 mil Euros para el ejercicio 2020, por lo que podría incorporar al menos 25 viviendas.

¿En qué consisten las ayudas?

El programa ofrece un máximo de 20 mil euros por vivienda y hasta 60 mil euros por persona beneficiaria. El dinero debe ir destinado a reformar viviendas para acondicionarla de forma que reúnan las condiciones adecuadas de habitabilidad. Igualmente, se puede emplear para la suscripción a un seguro de impagos de la renta de alquiler. Es compatible con otras ayudas de la Administración Pública que tengan la misma finalidad.

Requisitos y condiciones

Para el propietario

  • Ser persona física o jurídicas privada sin ánimo de lucro, propietaria de vivienda vacía.
  • Ser propietaria del 100% de la vivienda.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de València.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones, según se establece en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No tener pendiente de justificación subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de València o sus Organismos Públicos ni incoados expedientes de reintegro.
  • No tener deudas con la Comunidad de Propietarios.
  • Debe asumir el compromiso de tenerla en alquiler durante el plazo mínimo de 4 años.
  • Transcurridos los 4 años, si la vivienda no sigue ocupada por inquilinos, pasará a la bolsa de demandados de alquiler accesible.

Para la vivienda

  • Debe estar ubicada en el término municipal de València.
  • No puede estar sometida a limitación que impida la cesión de uso ni figurar cargas inscritas que puedan conllevar la pérdida de la vivienda por ejecución forzosa.
  • Debe haber estado vacía como mínimo un año, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
  • En el caso de viviendas protegidas deberán tener autorización para el alquiler de Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
  • Debe presentar buen estado en cuanto a limpieza, salubridad e higiene.
  • Ha de estar provista de cocina y de baño.
  • Debe incorporarse al “Programa Reviure” aceptando la persona solicitante todas y cada una de los requisitos que se establecen en el citado Programa.

Actuaciones subvencionables:

  • Ejecución de obras de reparación o mantenimiento.
  • Honorarios de los técnicos profesionales, tanto por redacción de memoria o documentación técnica como por dirección de obra.
  • Costes de las tasas por expedición de licencias.
  • Costes de las tasas del Impuesto sobre Construcciones, instalaciones y Obras.
  • Certificado energético.
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