Convocatoria de ayudas para la rehabilitación energética de edificios
El pasado 15 de diciembre de 2020 se hicieron públicas en el DOGV la convocatoria de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes como parte del Programa PREE de la Comunitat Valenciana. Se pueden presentar las solicitudes en el IVACE, (Instutit Valencià de Competitivitat Empresarial) y el plazo se cerrará el 31 de julio de 2020.
¿Qué actuaciones se contemplan en esta ayuda?
El Programa PREE impulsa todas las actuaciones que afectan a la envolvente térmica de la una vivienda, es decir, todo aquello que la protege de la temperatura, aire y humedad exteriores y que mejora la calidad de vida de los ocupantes, además de optimizar el ahorro de energía, reduciendo la factura energética y las emisiones contaminantes. Además, se subvencionará la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por aquellas basadas en fuentes renovables como: la biomasa, la geotermia, la solar térmica, la bomba de calor, o generación eléctrica renovable para el autoconsumo. Del mismo modo, se concederá la ayuda cuando se pretenda incorporar tecnologías de regulación, control y mejora en la eficiencia energética en la iluminación.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
- Comunidades de propietarios, grupos de propietarios, personas personas físicas o jurídicas propietarias de un edificio que sea objeto de las mejoras citadas anteriormente y que se sitúe en el territorio de la Comunitat Valenciana y cuyos propietarios tenga residencia en España.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante un contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa PREE.
- Las actuaciones deben aplicarse a edificios construidos en 2006 o anteriormente.
¿Qué requisitos deben tener las actuaciones?
Para obtener la ayuda se debe justificar una reducción del consumo de energía final de un 10% con respecto a su situación anterior. Asimismo, deben demostrar una mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Hay excepciones: los edificios que propongan mejoras con calificación A o inmuebles que no cuenten con un procedimiento para su calificación energética. En este último caso deberán reducir su consumo de energía final en un 20%. La certificación energética se debe realizar siempre de acuerdo con la normativa y a partir de los programas informáticos oficiales reconocidos. Finalmente, no podrán percibir la ayuda las intervenciones que incrementen el tamaño del edificio o en los que se cambie su uso.
Modalidades y cuantía la ayuda
Existen dos opciones para percibir la ayuda. La Opción A: destinada a intervenciones en edificios completos existentes, incluidas las viviendas unifamiliares. La Opción B: Incentivos destinados a intervenciones sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente o como partes de un edificio existente. Por otro lado, hay una ayuda base, que oscila entre el 15% y el 35% del coste total de las intervenciones en el caso de la Opción A y entre el 15% y el 25% para la Opción B. Existe, además, una ayuda adicional, por cada actuación integrada de mejora según los criterios establecidos en el artículo 3 de la resolución publicada en el DOGV. En total, las ayudas pueden llegar a cubrir un 85% del coste, siempre que se cumplan todos los criterios. Por su lado, las empresas percibirán entre un 65% y un 30% de la ayuda, según el tamaño.
En la página web del IVACE se puede acceder al simulador de la ayuda, así como a todos los requisitos y actuaciones que se contemplan en dichas ayudas. Esta entidad será la que proporcione la ayuda telefónica, recibirá en sede electrónica las solicitudes y comprobará los requisitos y la documentación necesaria para cada solicitud. Para todos aquellos que deseen entrar en la convocatoria, deberán contar con el respaldo de una empresa que pueda realizar estas actuaciones de rehabilitación cumpliendo todas las normativas y con total seguridad en el plazo que se exige de 18 meses para entregar la justificación tras la concesión de la ayuda.