Las comunidades de vecinos pueden pedir las ayudas públicas para resintonizar la TDT
Con la integración de nuevas tecnologías y la mejora de las comunicaciones (llega el 5G a España), un proceso que traerá innumerables beneficios en forma de productividad, competitividad y oportunidades para el bienestar social.
En concreto, se conoce como Segundo Dividendo Digital a las frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que serán liberadas antes del próximo 30 de junio de 2020. Este proceso, similar al ya realizado entre finales de 2014 y principios de 2015 con la llegada de la tecnología 4G, se va a realizar de forma simultánea en toda la Unión Europea.
La Televisión Digital es el conjunto de tecnologías de transmisión y recepción de imagen y sonido a través de señales digitales. A diferencia de la televisión analógica, la Televisión Digital codifica las señales de forma binaria. De esta forma, es posible, gracias a los diferentes formatos de compresión de señal existentes, la transmisión de varias señales en un mismo canal y la creación de aplicaciones interactivas a través de canales de retorno entre el consumidor y productor de contenidos.
Para ello, el Ministerio de Economía y Empresa (Gobierno de España), ha lanzado un plan de ayudas para la integración y resintonización de la TDT. La revolución de la Televisión Digital para todos ya es posible gracias a las ayudas ya disponibles del Gobierno de España.
¿Cuáles son las ventajas de la Televisión Digital?
- Más canales
- Mejor imagen y sonido
- Versión original, elección de idioma y subtítulos.
- Guía electrónica de programación, con toda la oferta de canales digitales.
- Servicios interactivos y de acceso a la Sociedad de la Información, como la realización de trámites administrativos, participación en concursos, encuestas, etc.
- Teletexto digital, con más opciones.
- Visión multicámara para acontecimientos deportivos.
¿Quién puede pedir la ayuda?
Podrán beneficiarse de las ayudas todas las comunidades de propietarios de un edificio conjunto o conjunto de edificios que estén sujetas al régimen de propiedad horizontal establecido en el artículo 396 del Código Civil, además de los correlativos de la Ley 49/1960 del 21 de julio de algunas zonas del territorio español. Y claro, solo se puede solicitar una subvención por cada comunidad de propietarios.
¿Cuáles son las cantidades de las ayudas?
- Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,3 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para dos múltiples digitales: 260,75 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para tres múltiples digitales: 365,05 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cuatro múltiples digitales: 469,35 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para cinco múltiples digitales: 573,65 €.
- Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para seis múltiples digitales: 677,95 €.
¿Cómo solicitar las ayudas?
Los solicitantes podrán presentar su solicitud únicamente por vía telemática, a través del servicio del Ministerio de Economía y Empresa.
Accede a toda la información aquí: https://www.televisiondigital.gob.es/Paginas/Index.aspx
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