Plan Renhata 2020
Plan RENHATA, y la ayuda para el fomento del informe de evaluación del edificio, IEE.CV, en la Comunitat Valenciana.
TECE – Solicitud de ayudas por realización del informe de evaluación de edificios. Convocatoria de 2020.
Objeto del trámite
El trámite tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas en materia de vivienda para la realización del informe de evaluación de los edificios con la finalidad de impulsar su realización, en especial por las comunidades de propietarios, por obligación legal en función de la antigüedad del edificio o como paso previo a emprender actuaciones de rehabilitación.
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o personas propietarias únicas de edificios de carácter predominantemente residencial, que hubieren formalizado la presentación del IEEV.CV con posterioridad a la fecha que se establezca en la correspondiente convocatoria, según modelo establecido por la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética.
No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas en las que concurra alguna de las circunstancias que se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos
Que se haya registrado la presentación del IEEV.CV con posterioridad a la fecha que se establezca en la resolución de convocatoria, es decir, 15 de abril de 2019.
- Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobroSe concederá una ayuda máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros por el edificio, ni el 50 por 100 del coste del informe
- ¿Cuándo solicitarlo? Plazo de presentaciónEl plazo para la presentación de la solicitud se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, es decir, el día 15 de mayo de 2020, y finalizará el día 30 de junio de 2020, inclusive. (DOGV nº 8811 de 14/05/2020).
- ¿Qué documentación se debe presentar?A la solicitud se adjuntará la documentación que a continuación se relaciona:
a) Acta de la comunidad de propietarios por la que se nombra representante de la misma para tramitar la solicitud de ayudas.
b) Factura de honorarios por la realización del Informe de Evaluación del Edificio, acompañando el documento bancario que acredite que el abono de la factura se ha efectuado a través de una entidad financiera y no mediante pago en metálico.
c) Modelo normalizado de domiciliación bancariaEn aquellos supuestos en los que los solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, manifiesten su oposición a que la Administración recabe electrónicamente la documentación necesaria para la tramitación del expediente, deberán aportar, además:
a) Nota Simple del Registro de la Propiedad relativa al edificio.
b) Certificados de la Agencia Tributaria y Tesoreria General de la Seguridad Social y Conselleria de Hacienda y Modelo Económico respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Solicitud de subvenciones para la mejora de las condiciones del interior de las viviendas, en el marco del Plan de Reforma Interior de Vivienda. Plan RENHATA. Convocatoria 2020
- ¿Qué se puede solicitar?
- ¿Quién puede iniciarlo?
- Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro
- ¿Cuándo solicitarlo?
- ¿Qué documentación se debe presentar?
- ¿Cómo se tramita?
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
- Información complementaria
- Fuentes jurídicas y/o documentales
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