Se acerca la apertura de la convocatoria de las ayudas para la reforma del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Se acerca la apertura de la convocatoria de las ayudas para la reforma del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
Ya tratamos con anterioridad en noticias muchos de los detalles del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, las ayudas del Estado para la sostenibilidad, eliminación de barreras arquitectónicas y alquiler de la vivienda. La última convocatoria comenzó el pasado 11 de febrero y se cerró el 30 de abril de 2019, por lo que, muy posiblemente estarán a punto de ser lanzadas las del año 2020. Antes de realizar una reforma, hay que prever a todos los requisitos, las actuaciones subvencionables y contar con técnicos de reformas que sepan gestionar bien la documentación. En esta ocasión vamos a explicar con detenimiento otro apartado del Plan que seguramente puede interesarte.
¿En qué consiste el “Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas” del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021?
Con este programa se financian las obras que se realicen con el objetivo de conservar, mejorar la seguridad de utilización y la accesibilidad de viviendas unifamiliares, incluyendo el interior; así como elementos comunes de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva y también elementos comunes e interior
de viviendas situadas en edificios de tipología residencial colectiva, en los casos de edificios de un único propietario.
¿Qué actuaciones se subvencionan?
Hay que tener en cuenta que cualquier intervención que se proponga deberá formar parte de las actuaciones calificadas como urgentes en el informe de evaluación del edificio de viviendas (IIEV.CV).
Intervenciones para la conservación
– Cubiertas, fachadas, medianeras u otros elementos comunes.
– Cimentación, estructura e instalaciones.
Intervenciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
– Instalación de elementos de información o de aviso.
– Instalación de ascensores en edificios que no lo tengan.
– Renovación de ascensores, instalación de salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad.
– Instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación.
– Mejoras para el cumplimiento del DB-SUA (Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad, según el CTE (marco normativo de seguridad y habitabilidad de edificios, denominado Código Técnico de la Edificación).
¿Qué requisitos se exigen para obtener la ayuda?
Solo es aplicable a aquellas viviendas que se terminaron de construir antes de 1996 (se exceptúan los casos con habitantes con 33% de discapacidad). Las obras podrán estar iniciadas antes de la solicitud de las ayudas, aunque no antes de la presentación telemática del informe de evaluación del edificio de viviendas (IIEV.CV), ni podrán estar finalizadas en el momento de la solicitud. Además, para conseguir la ayuda es necesario acreditar que la vivienda que se quiere reformar es de uso habitual. Se solicita, igualmente, un proyecto técnico o memoria en el que se especifiquen las actuaciones que se van a llevar a cabo. Hay más documentación, pero esta es la más técnica. Esta es la parte más compleja de la documentación. El resto solo son documentos acreditativos.
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