Normativa para la reforma de zonas comunes
Más del 50% el parque edificatorio español se corresponde con edificios construidos antes de 1970. Esto implica que se hacen cada vez más necesarias reformas y adaptaciones a las nuevas necesidades de las personas. Ahora bien, cuando llega el momento de llevar a cabo reformas, obras de mantenimiento y accesibilidad en las zonas comunes de los edificios hay que tener en consideración que existe todo un ordenamiento jurídico de obligado cumplimiento. Además de asegurarse que duchas reformas y obras de rehabilitación las llevan a cabo los mejores profesionales, hay todo una serie de toma de decisiones que dependen de la normativa que las comunidades de propietarios deben cumplir, teniendo en cuenta que dichas normas se actualizan y estas reformas de leyes también hay que conocerlas.
Accesibilidad
La última ley que atiende a la accesibilidad de personas mayores o con discapacidad es la de 2013 (Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas), que exige que todas las comunidades de vecinos deben adquirir el IEE, es decir, el Informe de Evaluación de Edificación que demuestre el cumplimiento de la normativa. Aquellos edificios que incumplan la ley y no hayan eliminado las barreras arquitectónicas exigidas se exponen al pago de multas que van desde los €60000 hasta 1.000.000€.
Mantenimiento
La Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal) fue revisada por última vez en marzo de 2019. En esta normativa se exige a todo propietario en una comunidad de vecinos a consentir reparaciones y obras, para las que, además, no será necesario el acuerdo de la junta de propietarios, si el inmueble precisa obras de mantenimiento y accesibilidad. El segundo caso ya lo hemos analizado, pues se refiere a la eliminación de barreras arquitectónicas. En el primer caso, se alude a las obras de mantenimiento y conservación de un edificio, que implica que los servicios deben funcionar correctamente, considerándose urgente la ejecución de obras para garantizar la habitabilidad y la seguridad de los que viven en dicho inmueble.
Regeneración
Las obras de regeneración de zonas comunes del edificio no son de obligado cumplimiento. También se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal que la unanimidad de votos ante reformas estructurales del edificio o de las zonas comunes. Las 3/5 partes de los votos se necesitan para servicios ubicados en las zonas comunes como el ascensor o algún tramo de la escalera. La mayoría simple sería para las actuaciones restantes, es decir, la instalación de una antena de televisión o de paneles térmicos o fotovoltaicos.
Licencias
Sean cual sean las actuaciones, siempre que se vayan a ejecutar obras en un edificio es absolutamente necesario una licencia de obras, específica para cada tipo de intervención y que generalmente las empresas especializadas en rehabilitaciones, reformas y eliminación de barreras arquitectónicas conocen y saben gestionar con la autoridad local pertinente.
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